Es un paquete de servicios sobre la declaración de la renta dirigido a los clientes que durante el año han realizado transmisiones de inmuebles,reinversiones de vivienda habitual, o bien ganancias o pérdidas en operaciones con valores ( acciones, etc).
Se incluyen en la declaración de la renta los siguientes rendimientos:
1. Rendimientos del trabajo
Se consideren rendimientos íntegros del trabajo las contraprestaciones dinerarias o en especie que deriven del trabajo personal y no tengan el carácter de rendimientos de actividades económicas.
2. Rendimientos del capital inmobiliario
Son todos los que provienen del arrendamiento o la constitución o cesión de derechos o facultades de uso o disfrute sobre los bienes inmuebles o los derechos reales sobre ellos.
3. Rendimientos de actividades económicas y profesionales
Son rendimientos íntegros de actividades económicas aquellos que, procediendo del trabajo personal y del capital conjuntamente, o de uno solo de estos factores, supongan por parte del sujeto pasivo, la ordenación por cuenta propia de medios de producción y de recursos humanos o de uno de ambos, con la finalidad de intervenir en la producción o distribución de bienes o servicios.
4. Deducciones por actividad empresarial y vivienda habitual
5. Rendimientos del capital mobiliario
Los rendimientos del capital mobiliario son las contraprestaciones, o en especie, que provengan de elementos patrimoniales bienes o derechos cuya titularidad corresponde al contribuyente y no están afectos a actividades económicas o rendimientos del capital inmobiliario.
Atendiendo a los elementos patrimoniales son acciones, rentas, Dividendos, intereses etc.
6. GANANCIAS PATRIMONIALES DERIVADAS DE TRANSMISIONES DE INMUEBLES.
El cálculo de las ganancias es laborioso, se precisan escrituras públicas, facturas de gastos en la operación realizada y en la mayoría de las ocasiones cálculos y declaraciones realizadas en ejercicios anteriores, que afectan a la declaración de forma notoria.
Nosotros calculamos su declaración de la renta, individual o conjunta con su cónyuge, según la opción más beneficiosa.
El precio se aumentará en 60 euros por cada inmueble transmitido en dicho ejercicio.